• Congreso

 

Art 9º de la Ley 20,984 - A los fines del cumplimiento de esta Ley los ex legisladores tendran libre acceso a las dependencias del Congreso Nacional y gozaran de las franquicias que les acuerde la reglamentacion de la misma. Podran continuar utilizando el titulo que corresponde al cargo legislativo que ejercieron, con el aditamento de las letras (MC) que significa Mandato Cumplido.

 

El Circulo de Legisladores de la Nacion Argentina tiene la facultad exclusiva de emitir una credencial por intermedio del Sector Afiliaciones, con la cual el asociado activo del Circulo queda habilitado a los siguientes privilegios establecidos en la Ley de creacion :

 

  • Continúar utilizando el titulo correspondiente a su cargo legislativo con el aditamento de (MC)
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  • Tener libre acceso a las dependencias del Congreso de la Nación, entre ellas, la Biblioteca del Congreso, servicio de comedor y peluqueria, de acuerdo de las franquicias que acuerde la reglamentación y la disposicion de las respectivas autoridades
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  • Presenciar las sesiones de ambas Camaras del Congreso de la Nacion desde los lugares reservados por las autoridades correspondientes

 

Desde los servicios en su sede central en Bartolomé Mitre 2087 piso 1°, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tales como el asesoramiento y gestión de todo tipo de trámites previsional, la disponibilidad de su Salón de Usos Múltiples y de su Editorial propia, hasta beneficios especiales como su Obra Social OSLeRA, las ofertas especiales de viajes y turismo de su Departamento de Turismo, los beneficios de su Mututal y su tarjeta propia MUTUA, y el acceso preferencial a todasl las publicaciones de nuestra Editorial.

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